RECLAMAR COMPRAS DEL BLACK FRIDAY Y CIBER MONDAY
Por Iurisconsum
Como ya viene siendo costumbre, noviembre se ha convertido en el mes de los descuentos ya que durante este mes se celebra el “Black Friday”, el “Ciber Monday” y el “Singles Day”.
Estas ofertas permiten a los consumidores comprar todos aquellos productos que desean a precios rebajados.
Ahora bien, desde Ferrer Bonsoms y Sanjurjo Abogados queremos informar de los derechos que como consumidor se tienen en esta época del año, de forma que las compras que se realicen reporten un máximo beneficio posible.
La información suministrada debe ser exacta, suficiente y comprensible para facilitar una decisión de compra.
La información de la etiqueta debe ser veraz, eficaz y suficiente sobre sus características esenciales sin
que induzca a error.
Deberá informar sobre los posibles riesgos que puede causar el producto en su utilización teniendo en cuenta su naturaleza, características, duración y las personas a las que van destinados. Además, existe normativa específica para determinados productos como juguetes, productos de peletería, electrodomésticos o perfumería.
Deberá figurar con claridad el precio anterior junto con el precio rebajado. Se entenderá por precio anterior el menor que hubiese sido aplicado sobre productos idénticos en los treinta días precedentes.
Puede haber “condiciones especiales”. En estos casos, se debe informar de forma clara y visible.
Si se ofertan artículos a precio normal y a precio reducido, deberán estar suficientemente separados, de forma que no pueda, razonablemente, existir error entre ellos.
Todos los establecimientos están obligados a informar al consumidor sobre los mecanismos para poner una reclamación.
La información sobre el precio debe incluir el precio original y/o porcentaje de la rebaja, impuestos y gastos de envío, o posibles costes adicionales.
El consumidor tiene derecho a obtener ticket o factura del producto adquirido. Este documento será fundamental en reclamaciones posteriores, devoluciones o para hacer valer la garantía del producto.
La calidad de un producto debe ser la misma tanto si está o no rebajado y deberá cumplir todas las normas de calidad y etiquetado. Está prohibido vender como rebajados productos deteriorados. Los productos rebajados deben estar en perfecto estado y el etiquetado debe incluir la misma información tanto si está rebajado como si no.
Los comercios deben mantener la misma política de devoluciones que en el resto del año. Antes de realizar la compra, el consumidor deberá informarse sobre las posibilidades de devolución y sus condiciones.
Con la compra de un producto se debe comunicar la existencia del derecho de desistimiento que el consumidor tiene.
El plazo para ejercer el derecho de desistimiento es de 14 días naturales sin indicar motivo alguno y sin incurrir en ningún coste desde la celebración del contrato.
Si el comercio no ha facilitado al consumidor la información sobre el derecho de desistimiento, el periodo de desistimiento finalizará doce meses después de la fecha de expiración del periodo de desistimiento inicial.
Un producto rebajado no supone una menor protección del consumidor y, por tanto, la garantía legal del artículo comprado en Black Friday debe ser idéntica a la de cualquier artículo nuevo comprado en otro momento.
El plazo de garantía cuando el producto es nuevo es de dos años desde la entrega del producto, y, cuando el producto es de segunda mano, el plazo pactado nunca será menor a un año.
El comercio responderá ante el consumidor o usuario de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del bien, contenido o servicio digital, pudiendo el consumidor o usuario, mediante una simple declaración, exigir al empresario la subsanación de dicha falta de conformidad, la reducción del precio o la resolución del contrato.
En cualquiera de estos supuestos el consumidor o usuario podrá exigir, además, la indemnización de daños y perjuicios, si procede.
Para ello, se debe reclamar en el propio establecimiento o servicio de atención al cliente. En caso de que no se llegue a un acuerdo amistoso, el consumidor podrá solicitar una hoja de reclamaciones.
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