Reclamación de seguros médicos

DEMANDAS A ASEGURADORAS MÉDICAS

Por Iurisconsum

01


19/10/2022

Reclamar un seguro médico

En el presente asunto se reclama a una compañía de seguros el importe de 5.483,50 al exigirle el cumplimiento del contrato de seguro médico.

 

Nuestro representado contrató un seguro médico para él y para su hijo (menor de edad) varias semanas después de que su hijo se lesionara la rodilla practicando deporte.

 

Tras la contratación de la póliza, el hijo de nuestro

representado fue sometido a una operación de artroscopia y aun tratamiento derehabilitación por recomendación médica.

Tanto la operación como el tratamientoposterior se realizaron en la clínica con la que el seguro contratado tenía concierto.

En el momento de exigir la cobertura de dichos tratamientos, la compañía aseguradora deniega el reembolso de dichos gastos alegando que la lesión es anterior a la contratación de la póliza.

 

Igualmente, al contestara la demanda también alegan que esa clase de lesiones quedaban excluidas de la póliza por tratarse de actividades manifiestamente peligrosas.

 

Finalmente se estima nuestra demanda íntegramente ya que el juez entiende que la póliza cubre los tratamientos recibidos y porque estos se recibieron durante la vigencia de la póliza.

 ¿A qué esperas? Llámanos y cuéntanos tu reclamación.

Aquí tienes acceso a la sentencia completa:

Reclamaciones hogar

RECLAMAR HOGAR

Por Iurisconsum

01


14/10/2022

Reclamación por impago de una reforma de una vivienda por más de 30.000 euros

Una reforma que acaba siendo una pesadilla interminable, contratar algo y que luego sea distinto.

En Iurisconsum hemos ayudado a cientos de clientes que a la hora de reformar su hogar o realizar una obra han visto vulnerado sus derechos y se sienten estafados.

El presente caso versa sobre el encargo, ejecución y pago de la reforma de un inmueble.

 

Nuestro cliente, la empresa encargada de realizar la

reforma, reclamaba a la propiedad del inmueble el pago de la última factura.

Por su parte, la propiedad del inmueble se negaba al pago de la misma alegando que existían defectos en los acabados que ella había sufragado, que se estaban

facturando trabajos no realizados y que se debía aplicar el Iva reducido al 10% en lugar del ordinario (21%).

Por nuestra parte, para oponernos a las alegaciones vertidas de contrario, se presentaron facturas emitidas por las diferentes empresas

que acometieron los trabajos, se realizaron pruebas periciales, se aportaron conversaciones con la propiedad y se propusieron testificales

de los gremios y de los empleados de nuestra empresa.

La sentencia de primera instancia estima parcialmente nuestra demanda condenando a la parte demandada al pago de 24.031,83 euros más IVA.

Sin embargo, esta sentencia fuer recurrida y finalmente la parte demandada (la propietaria del inmueble reformado) resultó condenada al pago de 31.905,90 € IVA incluido.

¡Aquí puedes leer la sentencia completa!

02


13/06/2022

Reclamación obra en la vivienda

En una de nuestras últimas sentencias esto es lo que ocurrió cuando nuestro clientes decidieron que querían tener una puerta acorazada para la parte exterior de su chalet.

En el presente asunto se solicita la resolución por

incumplimiento de un contrato para la instalación de una puerta acorazada en un chalet.

La puerta instalada no se correspondía con el encargo realizado por nuestros patrocinados, ya que instalaron una puerta no recomendada para estar a la intemperie.

Igualmente, la cerradura el sistema de cierre de la puerta no funciona correctamente.

Nuestros clientes abonaron la cantidad de 2.000€ por adelantado, restando por abonar otros 2.447 €. Sin embargo, esta parte solicita la resolución del contrato conllevando la devolución de los 2.000 € abonados.

 

El juez estima nuestra demanda al entender que la puerta instalada es diferente de lo contratado por nuestros clientes y por no cumplir con las legítimas aspiraciones del comprador.

Igualmente, se imponen las costas del procedimiento a la parte demandada.

¡Aquí puedes leer la sentencia completa!

Aviso importante: los usuarios no pagarán 250 euros por reclamar a los bancos

Aviso importante: los usuarios no pagarán 250 euros por reclamar a los bancos

Por Iurisconsum

El pasado 5 de abril de 2022, el Gobierno aprobó el texto del Anteproyecto de Ley de Creación de la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero, con la finalidad principal, por un lado, de garantizar el cumplimiento de las normas reguladoras de las relaciones entre entidades financieras y clientes, y por otro, de agilizar las vías extrajudiciales para la resolución individual de los conflictos que puedan surgir entre ellos.

No obstante, el Consejo de Consumidores y Usuarios de las asociaciones de consumidores representativas alegó que el Anteproyecto ponía una barrera a los consumidores que quisieran acceder a esta vía alternativa de resolución de conflictos, ya que, en la disposición adicional primera del borrador se recogía que tanto las “entidades financieras” como los “clientes”, tenían que abonar una tasa de 250 euros por reclamación admitida.

En este sentido, y según afirmaba FACUA, el hecho de que los clientes tuvieran que abonar dicha tasa para poder reclamar extrajudicialmente una cuantía determinada resultaba contraproducente, llegando incluso a ser superior en algunas ocasiones esta tasa que la cuantía que pretendían reclamar.

Además, en el propio cuerpo normativo se subrayaba en numerosas ocasiones la gratuidad de esta vía de resolución de conflictos.

Por todo ello, el Ministerio de Asuntos Económicos, finalmente, ha reconocido el error, por lo que, la tasa de 250 para la utilización de esta vía será exclusivamente asumida por las entidades financieras, confirmando la gratuidad para el consumidor.

Avería taller

Sentencias reclamación taller de vehículos

RECLAMAR TALLER DE COCHES

Por Iurisconsum

01


16/09/2020

Reclamar por una reparación de vehículo defectuosa

En Iurisconsum somos expertos en defender los derechos de los consumidores en el sector del motor.

Ya sea por la compra de tu nuevo coche, furgoneta, moto o cualquier otro tipo de vehículo o si es de segunda mano u ocasión.

También Iurisconsum defiende tus derechos en caso de reparaciones que no cumplen lo acordado, al tiempo resultan defectuosas o cuyo coste no es informado debidamente al propietario.

El presente asunto se centra en la responsabilidad contractual por una defectuosa reparación en un vehículo. Aquí te damos todos los detalles y además puedes leer la sentencia a nuestro favor.

Nuestro cliente sufrió una avería en su vehículo, por lo que procedió a repararla en el taller de la mercantil demandada.

Antes de haber circulado 200 KM el vehículo sufrió una nueva avería consecuencia de la cual hubo de cambiarse el motor.

Tras el examen que el perito hizo del motor, pudo comprobar que el primer fallo se reparó de manera incorrecta, ya que en lugar de sustituir la pieza en cuestión, sólo se le aplicó una masilla.

La prueba pericial aportada de contrario indica que la rotura del motor no es consecuencia de los trabajos efectuados en el motor, sino que atribuye la responsabilidad a nuestro cliente. Igualmente, este informe certifica que la primera avería había sido reparada correctamente.

 

Sin embargo, se otorga mayor veracidad a nuestro informe debido a que el perito tenía mayor preparación, su escrito es más exhaustivo y el informe presentado de contrario se realizó sin examinar el vehículo.

 

De esta manera, se estima nuestra demanda y se condena a la parte contraria al pago de 8.722,67 € a nuestro cliente.

Lee aquí la sentencia completa:

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Tenemos a tu disposición abogados expertos.


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Reclamaciones compraventa vivienda

RECLAMAR COMPRAVENTA VIVIENDA

Por Iurisconsum

01


28/02/2022

Reclamación de propiedad de vivienda ante compraventa por un tercero

El presente supuesto trata de la adquisición de la propiedad de una vivienda cuya última modificación en el registro de la propiedad se realizó en 1888.

 

Nuestro patrocinado lleva más de 30 años ocupando la

vivienda objeto del presente procedimiento y antes de él, la ocuparon su padre y su abuelo.

Puede justificar dicha ocupación mediante facturas allí

domiciliadas, pago de recibos y contribuciones, a su nombre o a nombre de sus ascendientes.

Por la parte demandada no se presenta ninguna prueba que contradiga nuestra argumentación, ya que ni si quiera se persona en el procedimiento.

 

Es por ello que el juez considera suficientemente

justificada la posesión ininterrumpida de la vivienda, basada en un justo título y por ello concede su propiedad a nuestro cliente.

Ante situaciones complejas, ten la tranquilidad de dejar en manos de abogados expertos para que nos encarguemos de todo.

02


31/03/2022

Reclamación promotora por no cumplir con la formalización del contrato

En el presente supuesto, nuestros patrocinados pretenden la resolución de un contrato suscrito con una promotora como consecuencia de sus incumplimientos. Nuestros clientes suscribieron un contrato para la construcción de una vivienda con trastero y garaje. Para ello nuestros clientes ingresaron en la cuenta designada por la empresa constructora la cantidad de 86.240 € en distintos pagos.

 

Llegado el momento de la entrega de la vivienda, no se llega a formalizar. Debido a ello, nuestros representados solicitan de forma extrajudicial la devolución de las cantidades satisfechas. No alcanzando una solución satisfactoria, se interpuso la presente demanda, en la que el juez condena tanto a la empresa constructora, como a la entidad financiera depositaria de las cantidades, a pagar a los actores la suma de 86.240 € más

los intereses legales.

Aquí puedes encontrar la sentencia completa donde encontrarás todos los detalles que hemos expuesto.

Iurisconsum somos un despacho especializado en Derecho de consumo y uno de los temas más complicados de resolver son las reclamaciones en la compra de promociones de vivienda.

Confía en un despacho experto con años de experiencia.

averias en reformas

Sentencias de reclamación seguros

DEMANDAS POR DESTROZOS EN REFORMAS

Por Iurisconsum

01


26/08/2022

Demanda seguro mala reparación

El presente supuesto trata sobre una reclamación al seguro del hogar por una mala reparación realizada por ellos.

 

El seguro abrió un parte por unas filtraciones cuyo origen

era un plato de ducha rajado y mal colocado.

Tras acudir a examinar el siniestro y valorar los daños, indemnizaron a nuestra representada con 442,65 €.

Dicha indemnización se produce sin informar a nuestra patrocinada de que estaba destinada al arreglo del plato de ducha y después de que se hubieran realizado algunas reparaciones por el seguro.

 

Ahora nuestra asegurada reclama 1537,33 € por ser el coste que el perito atribuye a las reparaciones necesarias para impedir nuevas filtraciones.

El juez condena a la compañía aseguradora al pago de dicha cantidad ya que la reparación queda cubierta por la póliza y la indemnización abonada en su día se presume para los daños causados por las filtraciones (pues el seguro además realiza reparaciones).

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Aquí tienes acceso a la sentencia completa:

02


13/04/2022

Demanda seguro daños en la vivienda

El presente caso gira en torno a una reclamación económica derivada de una reparación encargada por la parte actora.

 

La parte actora es una compañía de seguros que abonó a su asegurado los daños causados por una inundación provocada por un atasco.

Nuestro patrocinado afirma que la Comunidad de Propietarios le notificó la existencia de una inundación en la vivienda asegurada, requiriendo su intervención.

 

Debido a que nuestro cliente es la parte demandada,

corresponde a la compañía de seguros (parte actora) la carga de probar que los daños se pueden atribuir a nuestros clientes.

Para ello fundamentan su pretensión en un informe pericial que el juez considera insuficiente.

 

Es por ello que desestiman la demanda presentada por la parte contraria, condenándole a pagar las costas del procedimiento.

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Sentencias reclamación responsabilidad civil

SENTENCIAS NEGLIGENCIAS

Por Iurisconsum

01


21/07/2022

Sentencia contra un abogado por negligencia en la reclamación de una poliza de seguros

El presente asunto versa sobre una reclamación de

responsabilidad civil contra un letrado por ser negligente en sus funciones al haber permitido que transcurriera el plazo de prescripción para realizar una la reclamación.

 

Nuestra cliente requirió los servicios de un letrado para

reclamar por las lesiones sufridas en un accidente.

Debido al proceder de este letrado, expiró el plazo para ejercitar las acciones civiles, perdiendo su entonces cliente la oportunidad de reclamar por las lesiones sufridas.

 

Tras realizar varias reclamaciones a su abogado, el colegio de abogados le impuso una sanción.

Posteriormente, la reclamación se dirige contra el seguro de responsabilidad civil que en el momento de expirar el plazo de prescripción estaba vigente.

Desde la compañía aseguradora alegan una falta de

legitimación pasiva, por no ser la póliza ahora vigente y estar así establecido en el clausulado de la póliza.

 

Sin embargo, por tratarse de cláusulas limitativas, deben cumplir con los requisitos del art. 3 de la Ley de Contratos de Seguros.

 

Dado que dichos requisitos no se cumplen, por no estar

la póliza firmada por ambas partes, la Audiencia Provincial de Navarra entiende que la parte demandada sí está legitimada y por lo tanto le condena al pago de

11.007,46 €.

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Aquí puedes consultar la sentencia completa

Suelo hipoteca

Sentencias gastos suelo hipotecas

SENTENCIAS GASTOS SUELO HIPOTECA

Por Iurisconsum

01


22/04/2022

Claúsula suelo con pactos de subrogación y novación hipotecaria

El presente asunto trata de solicitar la nulidad de una

“cláusula suelo” inserta en una escritura de Compraventa con pactos de subrogación y novación hipotecaria.

 

La peculiaridad de este caso radica en que también se

solicita la nulidad de un acuerdo, firmado años después que la hipoteca, por el que se elimina la cláusula suelo si los prestatarios renuncian a ejercitar cualquier acción judicial o extrajudicial.

 

El juzgado de primera instancia estima nuestra demanda al entender que la cláusula suelo y el acuerdo posterior son nulos por no superar los controles de transparencia e información.

 

Frente a esta sentencia, la entidad financiera interpone

recurso de apelación por entender que la cláusula suelo fue negociada individualmente y los prestatarios informados de su existencia y contenido.

 

Al igual que en primera instancia, se desestima el recurso

de apelación interpuesto por el banco y se le imponen las costas de la primera instancia y del recurso de apelación.

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02


22/04/2022

Gastos metido en cláusula de hipoteca

El presente supuesto trata sobre la nulidad de una cláusula de “gastos hipotecarios”.

Los actores suscribieron una hipoteca en la que la entidad financiera insertó una cláusula que les obligaba a hacerse cargo de la totalidad de los gastos de constitución de la hipoteca; es decir, asumir las facturas de notaría, gestoría, registro y tasación.

Dicha cláusula fue incluida sin que nuestros representados pudieran negociar su inclusión o contenido, estaba redactada con antelación y no se informaba de los gastos concretos que nuestros clientes debían asumir.

 

Tras la interposición de la demanda, la entidad financiera

se ha allanado a nuestras pretensiones, por lo que se estima íntegramente nuestra demanda y se imponen las costas del procedimiento al banco.

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03


22/04/2022

Abogados expertos en gastos hipotecarios en San Sebastián/ Donostia

En el presente supuesto se sigue un procedimiento de

reclamación de la cláusula de “gastos a cargo de la parte prestataria” inserta en una hipoteca de Compraventa con Subrogación.

El procedimiento se ha seguido en los juzgados de primera instancia e instrucción de San Sebastián/ Donostia.

 

En este supuesto, en una única escritura notarial se

formalizan la compra de la vivienda y la hipoteca para comprarla.

En el momento de modificar las condiciones de la hipoteca que el constructor tenía pactadas con la entidad financiera, el banco inserta una cláusula que obliga al consumidor a abonar todos los gastos que la formalización de esta escritura conlleva.

Teniendo en cuenta los criterios fijados por el Tribunal

Supremo, se pueden reclamar las facturas de Notaría, Gestoría, Registro de la propiedad y Tasación.

Dependiendo de la provincia en la que se presente la

reclamación también se puede reclamar la comisión de apertura.

La sentencia de este procedimiento condena a la entidad

financiera a la devolución de 1.012,07 € más intereses legales a nuestro representado.

Aquí puedes consultar la sentencia completa

04


30/09/2021

Abogados expertos en gastos hipotecarios en Navarra

PRIMERA SENTENCIA RECUPERACIÓN GASTOS HIPOTECARIO

En la presente demanda se pretende la declaración de nulidad de la cláusula quinta “Gastos” de dos escrituras de préstamo hipotecario suscritas con la misma entidad bancaria. 

Igualmente se solicita la restitución de las cantidades abonadas en aplicación de dichas cláusulas atendiendo a los criterios establecidos por el Tribunal Supremo.

 

En este sentido, se solicita la devolución de los siguientes

importes, en relación con los préstamos hipotecarios suscritos:

–         50% de las facturas de notaría

–         100% de las facturas de registro de la propiedad

–         100% de las facturas de gestoría

–         100% de las facturas de tasación

Dado que la nulidad de las cláusulas que imponen la totalidad de los gastos a los prestatarios ha sido declarada numerosas veces por el Tribunal Supremo; sentando así jurisprudencia, la sentencia estima nuestra demanda íntegramente.

Igualmente, se imponen las costas a la entidad demandada por haber desatendido la reclamación extrajudicial en la que se reclamaban la devolución de los importes correspondientes y en consecuencia haber obrado de mala fe.

SEGUNDA SENTENCIA RECUPERACIÓN GASTOS HIPOTECARIO

En esta segunda demanda lograda con éxito para nuestro cliente se pretende la declaración de nulidad de la cláusula décima “Gastos” de una escritura de compra-venta con subrogación de préstamo hipotecario. 

Igualmente se solicita la restitución de las cantidades abonadas en aplicación de dicha cláusula atendiendo a los criterios establecidos por el Tribunal Supremo.

 

En este sentido, se solicita la devolución de los siguientes

importes, en relación con la subrogación suscrita:

–         25% de las facturas de notaría

–         50% de las facturas de registro de la propiedad

–         50% de las facturas de gestoría

–         100% de las facturas de tasación

 

Dado que la nulidad de las cláusulas que imponen la

totalidad de los gastos a los prestatarios ha sido declarada numerosas veces por el Tribunal Supremo; sentando así jurisprudencia, la sentencia estima

nuestra demanda íntegramente.

Del mismo modo

, se imponen las costas a la entidad demandada por haber desatendido la reclamación extrajudicial en la que se reclamaban la devolución de los importes correspondientes y en consecuencia haber

obrado de mala fe.

 

Sin embargo, resulta importante matizar que los porcentajes son inferiores a los concedidos en supuestos de préstamo hipotecario, debido a que tanto la escritura como las facturas hacen referencia tanto a la compra

como al préstamo. Así las cosas, los importes de notaría, registro y gestoría se divide por mitad entre ambas operaciones, mientras que la factura de tasación se imputa en su totalidad al préstamo.

04


14/09/2020

Reclamar suelo de hipoteca en Pamplona

Pamplona: anulan cláusula suelo en compraventa con subrogación.

El préstamo marcaba un interés mínimo del 2,75% cuando el diferencial era del 0,40%Un juzgado de Pamplona ha anulado la cláusula suelo de una compraventa de vivienda con subrogación.

Se trata de un préstamo firmado por una pareja,representada por Iurisconsum, en 2006. Pese a que el diferencial era del 0,40%, el suelo marcaba un interés mínimo del 2,75%.

Aclara la sentencia que es una condición impuesta por la Caja Rural de Navarra, ya que no se probó que se hubiese negociado.

El cliente no pudo comprender los riesgos del suelo hipotecario

Entiende la jueza demostrado que la cláusula no pasa el control de transparencia. No se prueba haber informado de forma clara y comprensible al cliente.

El cliente no pudo comprender así la naturaleza y riesgos que suponía el suelo hipotecario.

La oferta vinculante no explicaba nada

El banco aportó en el juicio una oferta vinculante. En ella se incluía la mención “mínimo 2,75%; máximo 18%” sin información añadida. Este documento no es “suficiente” para acreditar una comercialización transparente.

Tampoco demostró el banco haber realizado simulaciones que plasmasen posibles escenarios según el comportamiento del Euribor.

Al ser una subrogación, no se puede presumir que hubiesen comparado préstamos en otras entidades

Tampoco se probó que los clientes conociesen antes de contratar en qué consistía la cláusula suelo. Al ser una subrogación, además, no se puede presumir que hubiesen  comparado el préstamo con los de otras entidades.

Además, la subrogación no cambia que sea el banco, y no el vendedor, quien debe informar al cliente. Se recuerda, como señala el Tribunal Supremo, que la labor notarial no suple la obligación de transparencia de la entidad.

La falta de transparencia genera un desequilibrio en el consumidor.

Esto implica declarar la cláusula abusiva, lo que conlleva su nulidad. Por ello, se obliga al banco a devolver lo que haya pagado en exceso el cliente desde la firma del préstamo. Asimismo se imponen las costas procesales al banco.

Si tiene dudas con el suelo o los gastos hipotecarios, acuda a Iurisconsum

Iurisconsum es un despacho experto en derecho de consumo y  en derecho bancario. Si ha tenido algún problema con su banco, no dude en contactar con nosotros. Tenemos oficinas en Madrid, Barcelona, Sevilla, Valladolid, Palma de Mallorca y Pamplona.

IURISTIPS

La falta de transparencia genera un desequilibrio en el consumidor.

Esto implica declarar la cláusula abusiva, lo que conlleva su nulidad.

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15/09/2020

Navarra: 2.500 euros por suelo abusivo

Pamplona: anulan cláusula suelo por abusiva.

Subraya que las bonificaciones por productos vinculados son fuerzas opuestas al límite al interésUn juzgado de Pamplona ha ordenado devolver 2.500 euros por un suelo abusivo.

La pareja demandante, representada por Iurisconsum, firmó un préstamo

hipotecario con Caja Rural de Navarra en 2010. Este préstamo ofrecía un

interés del Euribor + 1,05% pero incluía un suelo del 2,40%.

Reclamación extrajudicial previa

Tras presentar una reclamación extrajudicial en 2015 que no fue atendida, los clientes demandaron a la entidad en 2017. Pidieron que se declarase nula la cláusula suelo y que se devolviese lo cobrado de más.

El banco dijo que ofreció la información previa al contrato necesaria. Sin embargo no aportó ningún testimonio. Sí alegó la oferta vinculante, fechada trece días antes de la firma de escrituras. Sin embargo, la oferta no estaba firmada por lo que no consta que fuera entregada. Y aunque se hubiese entregado, se desconoce en qué fecha. La oferta sólo hacía una sucinta mención al suelo y al techo pero no añade ninguna explicación.

Tener contratados riesgos con otros bancos no acredita conocer el suelo

El banco opuso que los prestatarios tenían riesgos contratados con otras entidades. La sentencia señala que esto no acredita que conocieran el suelo de la hipoteca objeto de demanda. De hecho, tampoco se demostró que estos productos con otras entidades lo tuvieran.

Aunque el notario hubiese advertido de la existencia de límites al interés, esto suple la falta de información previa.

El suelo impide aplicar las bajadas de interés de los productos vinculados

Destaca el juez que el contrato preveía bonificaciones del diferencial si se contrataban productos vinculados como seguros, tarjetas o domiciliaciones. Estas bonificaciones “se compadecen mal” con el suelo ya que actúan sentido contrario. Actúan como fuerzas opuestas ya que las vinculaciones hacen bajar el interés y el suelo impide este descenso.  Esto puede dar lugar a que el consumidor contrate productos para bajar el interés y que esta bajada no se produzca por el suelo.

Por otro lado, la sentencia considera irrelevante que el banco dejase de aplicar el suelo en julio de 2016.

La cláusula queda “diluida” entre un elevado número de apartados y párrafos

En cuanto a la transparencia formal del suelo, éste forma parte de una cláusula “extensa”. Tiene un “elevado” número de apartados, cinco, y párrafos, 31. Por ello, el juez considera que su facilidad de detección, comprensión y entendimiento quedan diluidos.

En el 80% de las cuotas hipotecarias se aplicó el suelo

El suelo del 18% crea una “falsa apariencia” de una contraprestación al suelo. De hecho, nunca fue aplicado. Contrariamente, en el 80% de las cuotas -48 de 60- se aplicó el suelo, antes de su supresión unilateral.Así pues, la sentencia entiende que el suelo no supera los filtros de transparencia e incorporación y no resulta proporcionado.

El juez recuerda la sentencia del TJUE que consagra la retroactividad total y ordena la devolución de 2.507 euros.

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IURISTIPS

El juez recuerda la sentencia del TJUE que consagra la retroactividad total y ordena la devolución de 2.507 euros.

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  • Iurisconsum

Gastos hipotecarios

Reclamación SWAP

SWAP

Por Iurisconsum

01


05/07/2022

Sentencia SWAP: no pagues los intereses que no debes.

Estás a tiempo de reclamar ¿víctima de un SWAP? ¿has pagado unos intereses desorbitados?

Iurisconsum te ayuda en la reclamación para que devuelvan y anulen este contrato

En el presente caso, nos encontramos una vez más ante un contrato de cobertura hipotecaria, más conocido como “swap”.

 

Como ya se expone en numerosas sentencias de este despacho, se trata de un producto financiero asociado a una hipoteca. Los bancos lo comercializaban como una póliza de seguros frente a la subida de los intereses, pero no advertían de su carácter especulativo o de las consecuencias del descenso de los intereses.

 

Los bancos comercializaban este tipo de productos en un

momento en el que sus previsiones indicaban que el índice de interés de referencia descendería notablemente.

Así las cosas, no advertían a los prestatarios de que, en caso de materializarse sus predicciones, tendrían que abonar unos intereses muy elevados (a demás de los intereses de la propia hipoteca).

Esto fue lo que sucedió en el caso que ahora nos ocupa, por lo que el juez estima nuestra demanda al entender que el banco demandado ha incumplido sus deberes de diligencia, lealtad e información.

Iurisconsum continúa ganando las reclamaciones a los bancos por SWAP

Aquí puedes leer la sentencia completa

02


01/06/2022

Sentencia SWAP: más de 18.000 euros para nuestro cliente

Iurisconsum ha logrado en las últimas semanas varias sentencias entre ellas, una relacionadas con SWAP. Estas reclamaciones fueron muy conocidas hace unos años. Iurisconsum consiguió casi en la totalidad de los casos una sentencia favorable para sus cliente.

A pesar de no estar en boga ni en los telediarios, Iurisconsum continúa atendiendo casos por contratos SWAP y los tribunales continúan dando la razón al consumidor.

Iurisconsum continúa ganando las reclamaciones a los bancos por SWAP

En el presente caso, nuestros representados solicitan la restitución de 18.221,66 € como consecuencia de la contratación de un Swap.

 

Un SWAP es un producto financiero vinculado a lacontratación de una hipoteca.

Una vez contratada la hipoteca, el SWAP consiste

en establecer un “seguro” para las variaciones que pueda sufrir el índice de referencia.

En caso de que este índice sobrepasara el límite superior establecido, la entidad financiera abona al cliente lo abonzado por encima.

En caso de que el interés disminuya bajo el límite inferior, el cliente debe abonar al banco los intereses de este seguro (a demás de seguir pagando lahipoteca)

 

En el presente supuesto, el banco comercializó este producto sin informar a nuestros clientes de la existencia de ese límite a la baja.

Tampoco se les informó de que en el momento de la comercialización lasprevisiones de la entidad financiera advertían de una drástica bajada de los intereses, por lo que quien adquiriera este producto financiero previsiblemente tendría que satisfacer intereses en lugar de cobrarlos.

 

La sentencia condena a la entidad financiera demandada a abonar a nuestros clientes la  cantidadde 18.221,66€ por entender que no ha sido diligente al comercializar este producto por no cumplir con sus obligaciones de información.

Aquí puedes leer la sentencia completa

03


10/08/2021

Sentencia SWAP: todavía estás a tiempo de reclamar

El presente procedimiento gira en torno a la la nulidad de un contrato de permuta financiera, en el año 2007.

Se solicita la la resolución del mencionado contrato y subsidiariamente una indemnización por daños y

perjuicios fundamentada en el incumplimiento, por parte de la entidad financiera, de su deber de informar al demandante de las características del producto y las consecuencias económicas del mismo.

Nos encontramos en un caso conocido como

“swap” en el que la entidad financiera no ha informado al consumidor de posibles liquidaciones negativas relacionadas con la variación del Euribor.

En este sentido, el juzgador entiende que la entidad financiera no ha cumplido con sus deberes de diligencia y estima la acción subsidiaria por la que condena al banco a abonar a la parte actora la cantidad de 7.425,57 € en concepto de daños y perjuicios.

8 M: Feliz Día Internacional de la Mujer

8M DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER

Por Iurisconsum

En Iurisconsum queremos celebrar , con nuestro equipo de abogadas, un día como hoy, donde se celebra el reconocimiento de la mujer en este 8M.

¿Quieres conocer algunos datos sobre la mujer y la abogacía?

En 2021, las mujeres representaron el 56% del total de alumnos matriculados en estudios de grado y ciclos formativos, siendo mayoría particularmente en la carrera de Derecho, según el Ministerio de Universidades.

Las abogadas, son el 44% de los profesionales de derecho pero las mujeres apenas representan el 20% de los socios de los grandes despachos del país.

Hoy en Iurisconsum queremos reconocer el trabajo pendiente en reducir la brecha salarial y profesional que existe en nuestro sector y en muchos despachos.

Desde Iurisconsum estamos orgullosos de todo nuestro equipo, que apuesta por la igualdad de oportunidades y que todos los días del año hace grande este despacho.

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