¿Cómo sé si tengo una tarjeta revolving?
Para saber si está ante uno de estos casos, debe tener en cuenta que TAE se le está aplicando. El TAE es la Tasa Anual Equivalente, un concepto financiero para expresar el interés que nos va a generar un depósito o el coste que vamos que tener que pagar por un crédito. Y contempla los gastos y comisiones que conlleva el producto bancario. En concreto, para saber si tiene una de estas tarjetas o créditos, debe mirar el TAE, bien en los extractos bancarios, o en el contrato, y si aparece que este es superior al 20% deberá mirarlo, pues dependiendo del año de la contratación puede que sea considerado usurario. Otro dato a tener en cuenta, es el que lleve años pagando el crédito, y a día de hoy le quede todavía bastante cantidad por amortizar, sin haber realizado un uso excesivo de la misma.
¿Cuánto dinero puedo llegar a gastar en interés por una tarjeta revolving?
Variará según el tipo de interés establecido en contrato, pero, en créditos de entre 2000-3000 euros los intereses si el TAE era de un 25% puede rondar entre los 1.500-1700 euros.A mayores disposiciones, mayor cantidad de intereses abonados, y más plazo para hacerlo, de ahí la modalidad “revolving” y que parezca que nunca se acaban.
¿Qué pronunciamientos teníamos hasta la última Sentencia del Tribunal Supremo de 4 de marzo de 2020? Debido a numerosas sentencias de Audiencias Provinciales, en 2015, el Tribunal Supremo dictó Sentencia (nº 628/2015 de 25 de noviembre de 2015). En este caso, en Primera Instancia, fue la entidad bancaria la que demanó al cliente consumidor, por impago de cuotas de un contrato de crédito. El TAE de dicho crédito era del 24,6%. Estimándose la demanda interpuesta por la entidad bancaria. Ante mencionada resolución, el consumidor, recurrió en apelación, dictándose sentencia confirmatoria de Primera Instancia. Recurridos los autos en casación, el Tribunal Supremo estableció las siguientes pautas o directrices a tener en cuenta: Que la sentencia infringía el artículo 1 de la Ley de Represión de Usura al concurrir los requisitos legales. El Interés a tener en cuenta para la determinación de si el interés es notablemente superior al normal del dinero no es el nominal sino la Tasa Anual Equivalente (TAE).
El interés con el que debe compararse es el “normal del dinero” no con el interés legal del dinero. Y además de notablemente superior al interés normal del dinero, este interés debe ser manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso.“ En principio, dado que la normalidad no precisa de especial prueba mientras que es la excepcionalidad la que necesita ser alegada y probada, en el supuesto enjuiciado no concurren otras circunstancias que las relativas al carácter de crédito al consumo de la operación cuestionada. La entidad financiera que concedió el crédito "revolving" no ha justificado la concurrencia de circunstancias excepcionales que expliquen la estipulación de un interés notablemente superior al normal en las operaciones de crédito al consumo”. Declarándose por lo tanto la nulidad del crédito en cuestión, con las consecuencias establecidas en el artículo 3 de la Ley de Represión de la Usura, es decir, restituir únicamente la cantidad recibida por parte del consumidor.
Si se declara abusivo el interés remuneratorio, ¿qué pasaría, qué consecuencia tendría?
En el caso que se declarase la nulidad del crédito en cuestión por considerarse usuario, el consumidor debería abonar las cantidades realmente dispuestas, sin tener en cuenta el importe de los intereses. Se abonaría el capital dispuesto por el consumidor.